MASTER EUSKADI ABSOLUTO 2025
Cuadros PUblicados
El próximo 1 de enero de 2026 entrará en vigor la Ley 8/2022, de 30 de junio, sobre el Acceso y Ejercicio de Profesionales de la Actividad Física y el Deporte en Euskadi, una normativa que marcará un antes y un después en la regulación del sector deportivo vasco.
A partir de esa fecha, toda persona que imparta clases o desarrolle funciones técnicas en el ámbito del pádel, ya sea profesional contratada o voluntaria, deberá contar con la titulación oficial correspondiente de Técnico/a Nivel I, II o III, según su función y responsabilidades.
Tres niveles de titulación y sus competencias
La Ley 8/2022 establece una estructura de cualificaciones que garantiza la profesionalización, la calidad de la enseñanza y la seguridad de los/as deportistas:
·- Monitor/a – Técnico/a Nivel I
Habilita para impartir clases a jugadores/as principiantes o recién iniciados/as, así como en etapas de pádel infantil.
.- Entrenador/a – Técnico/a Nivel II
Permite entrenar a jugadores/as en fases de perfeccionamiento, tecnificación y competición, además de diseñar programas de entrenamiento avanzados.
.- Profesor/a o Director/a Técnico/a – Técnico/a Nivel III
Habilita para dirigir entrenamientos orientados al alto rendimiento deportivo y asumir funciones de Dirección Técnica en clubes y entidades deportivas.
Inscripción obligatoria en el Registro de Profesionales o Censo de Voluntarios
Además, tanto los/as profesionales contratados/as como los/as voluntarios/as que colaboren en labores técnicas deberán inscribirse en el Registro de Profesionales o Censo de Voluntarios de la Actividad Física y del Deporte del País Vasco, acreditando su titulación oficial según el nivel correspondiente.
Este registro ya está operativo y responde al cumplimiento de la Ley 8/2022, de 30 de junio, cuyo objetivo es garantizar la seguridad y la salud de las personas practicantes de actividad física y deporte.
El registro es de acceso público, y la ciudadanía puede consultarlo de manera anónima y directa.
En él deben inscribirse:
- Profesionales docentes en educación física (el Departamento de Educación del Gobierno Vasco remitirá directamente sus datos).
- Monitores y monitoras de actividad física.
- Entrenadores y entrenadoras de inicio en competición, perfeccionamiento y alto rendimiento.
- Directores y directoras deportivas de entidades.
- Personal voluntario.
A partir del 1 de enero de 2026, todas estas figuras profesionales deberán estar obligatoriamente dadas de alta en el Registro de Profesionales de la Actividad Física y del Deporte del País Vasco para poder ejercer su actividad conforme a la Ley 8/2022.
La plataforma www.euskadi.eus/kiroleskola [https://www.euskadi.eus/gobierno-vasco/escuela-vasca-del-deporte/] permanecerá abierta de forma permanente para tramitar altas, bajas o modificaciones en el registro.
Formarse ahora, una oportunidad para el futuro
La Federación Vasca de Pádel-Euskal Padel Federazioa (FVP·EPF) recuerda que esta obligatoriedad legal afecta directamente a todos los formadores/as y entrenadores/as de pádel, independientemente del tipo de vínculo laboral o voluntario.
Por ello, desde la FVP·EPF se anima a los/as interesados/as en ejercer profesionalmente en el ámbito del pádel a regularizar su situación cuanto antes y acceder a la formación oficial que ofrece la Federación a través de sus cursos de Monitor/a de Pádel Nivel I, reconocidos por el Gobierno Vasco.
Durante el año 2025 se han programado varios cursos previos a la entrada en vigor de la Ley. El último por celebrarse será el Curso de Gipuzkoa 2025, cuya inscripción permanece abierta hasta el lunes 10 de noviembre a las 20:00 h. Como en las tres ediciones anteriores, las plazas son limitadas (24 por curso) y la titulación oficial habilita para impartir clases a jugadores/as principiantes y menores.
Para el año 2026, la Federación ya dispone de un primer calendario formativo con las siguientes fechas previstas:
- Tres cursos Nivel I: Bizkaia (desde el 21 de febrero), Araba (desde el 11 de julio) y Gipuzkoa (desde el 14 de noviembre).
- Un curso Nivel II: Bizkaia (desde el 12 de marzo).
Una fecha clave: 1 de enero de 2026
A partir del 1 de enero de 2026, será obligatorio disponer de una titulación oficial de Técnico/a Nivel I, II o III y estar inscrito/a en el Registro de Profesionales o Censo de Voluntarios de la Actividad Física y del Deporte del País Vasco para desempeñar cualquier labor docente o técnica en el ámbito del pádel, conforme a la Ley 8/2022.
La Federación Vasca de Pádel continuará informando y asesorando a clubes, técnicos/as y jugadores/as para facilitar la adaptación al nuevo marco normativo.
Más información:
· Texto completo de la Ley 8/2022, de 30 de junio. [https://www.euskadi.eus/contenidos/informacion/kirol_eskola_argitalpenak/es_def/adjuntos/LEY.pdf]
· Preguntas frecuentes sobre la Ley 8/2022, de 30 de junio. [https://www.euskadi.eus/contenidos/informacion/kirol_eskola_argitalpenak/es_def/adjuntos/2022.-FAQ.-Ley-profesiones-deporte_CAS.pdf]
· Registro de Profesionales de la Actividad Física y del Deporte del País Vasco. https://www.euskadi.eus/registro/registro-de-profesionales-de-la-actividad-fisica-y-el-deporte/web01-a2kiesko/es/
· ADInex, asistente virtual entrenado por Kiroleskola para cualquier pregunta relativa a la Ley 8/2022 o el Registro de Profesionales. https://adinex.smartmobile.fit/kiroleskola/leydeldeporte/es
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